El evento organizado por la Asociación Latinoamericana de Abogacías y Procuradurías de Estado (ALAP) y por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) de Chile, reunió representantes de la Abogacía General de la Unión (AGU) de Brasil, del Consejo de Defensa del Estado (CDE) de Chile y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado de Colombia en el 21 de octubre. El objetivo de la conferencia virtual fue debatir la actuación estatal en la reparación de los daños causados a las víctimas de las dictaduras militares y a sus familias, así como en otros casos de abusos estatales. Los representantes de los tres países expusieron la forma en que el tema ha sido abordado por sus respectivas instituciones de abogacía pública.
La conferencia contó con las presentaciones de Sebastián Soto Velasco, consejero del CDE de Chile; Yebrail Haddad Linero, director de Defensa Jurídica Internacional de Colombia; y Clarice Calixto, procuradora general de la Unión de la Abogacía General de la Unión de Brasil.
El representante de Chile destacó que la actuación del CDE ha buscado fortalecer un enfoque jurídicamente sólido y equilibrado en la aplicación del principio de imputación de beneficios, promoviendo una cultura de racionalidad en el uso de los recursos públicos y de coherencia entre las políticas de reparación y la responsabilidad del Estado. Esta orientación —subrayó Soto Velasco— está en consonancia con los valores de la justicia transicional y la buena gobernanza.
Por su parte, el expositor de Colombia resaltó el carácter integral y humano del sistema colombiano de reparación a las víctimas del conflicto armado, enfatizando que la reparación se entiende como un derecho fundamental que abarca medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición e indemnización.
La procuradora general de la Unión de Brasil explicó el Plan Nacional de Negociación, creado por la AGU, cuyo objetivo es poner fin a los procesos que reclaman indemnizaciones por daños materiales y morales. Dicho plan ya ha permitido la celebración de 1.833 acuerdos, con el correspondiente pago de indemnizaciones. Asimismo, destacó que, en general, no se realiza el pago administrativo cuando la demanda se encuentra judicializada.